«¿Me saldrá la renta a pagar o devolver este año?» Probablemente en algún momento de tu vida te hayas realizado esa pregunta una o varias veces. Quieres saber más sobre el IRPF, pagar lo mínimo posible, e incluso, hasta que Hacienda te haga un ingreso (¡qué felicidad cuando eso ocurre!). Estás en el lugar adecuado, descubre todo lo que te interesa sobre este impuesto con esta guía.
¿Qué es el IRPF?
El IRPF es un impuesto progresivo y directo que grava la renta que obtienen las personas físicas residentes en España durante un año natural.
Comunmente es más conocido por declaración de la renta que por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que es su nombre real.
Es el tributo más importante de Hacienda porque afecta a la gran mayoría de ciudadanos españoles. Está regido por los principios de progresividad, generalidad y capacidad económica.
Se aplica en todas las Comunidades Autónomas del país, que lo gestionan parcialmente. Entre otras competencias, pueden aplicar diferentes porcentajes de retención y deducciones.
La base imponible del IRPF
La base imponible es la suma de todos los ingresos (en dinero o en especie) que recibe una persona a lo largo del año natural. A estas rentas se les aplican varios porcentajes según al tramo al que pertenezcan para calcular la cuantía del impuesto.
Además de la base imponible general, también debes tener en cuenta la base del ahorro, que integra diversas fuentes de renta, entre los que destacan los rendimientos de tus cuentas bancarias.
¿Qué rentas grava el IRPF?
Las fuentes de renta que grava el IRPF son las siguientes:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario.
- Rendimientos de actividades económicas.
- Las rentas procedentes de cesión de derechos de imagen.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Otras imputaciones de renta establecidas en la ley.
Si no eres residente en España, tributarás por el impuesto sobre la Renta de no residentes.
Tramos del IRPF en 2020
Los tramos del IRPF son los tipos de gravamen que se aplican sobre la declaración de la renta. También se utilizan para calcular el tipo de retención. Esta estructura por tramos es dinámica y puede cambiar cada año.
Los tramos actualizados para la renta de 2020 los puedes consultar en la siguiente tabla:
Tramos del IRPF 2020 | Tipos de gravamen máximos |
---|---|
Desde 0 hasta 12.450€ | 19% |
De 12.450€ a 20.200€ | 24% |
De 20.200€ a 35.200€ | 30% |
De 35.200€ a 60.000€ | 37% |
De 60.000€ a 300.000€ | 45% |
Más de 300.000€ | 47% |
Los tipos de gravamen máximos a aplicar dependerán del tramo autonómico aplicable, y por ello el importe final del impuesto variará dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas.
El tramo aplicable a la base imponible del ahorro tiene una escala con tipos impositivos que varían entre el 21 y el 27%.
Retenciones del Impuesto sobre la Renta
Las retenciones del IRPF son los pagos trimestrales que se realizan como un anticipio del impuesto a Hacienda. Como se calculan en base al resultado esperado de la declaración de la renta, a veces ésta sale a devolver o pagar. Esto depende de los gastos deducibles a los que tengas derecho en el ejercicio correspondiente y de la renta del contribuyente.
Aquí puedes profundizar más sobre las retenciones del IRPF.
Cómo afecta el IRPF a tu nómina
Si eres trabajador, te habrás fijado que entre los componentes de tu nómina hay un apartado que se corresponde a las retenciones. Esa cantidad que tu empresa resta de tu sueldo, la ingresará a cuenta de la Agencia Tributaria en concepto de retención. Para hacer el cálculo de las retenciones en tu nómina, se tienen en cuenta:
- Tus condiciones particulares como trabajador (situación familiar, número de hijos menores, familiares a su cargo, grado de discapacidad, etc.).
- Tu salario, que de forma técnica equivale a los devengos salariales dentro del salario bruto en conceto de renta del trabajo.
- Los tramos del IRPF para el ejercicio fiscal aplicables en tu Comunidad Autónoma.
Si las cantidades retenidas en tu nómina son superiores a la que finalmente debes pagar, el borrador de la declaración de la renta te saldrá a devolver. En caso contrario, deberás abonar la diferencia. También puedes aumentar el ahorro fiscal al minorar la cantidad a pagar declarando gastos deducibles.
La retención mínima del IRPF en tu nómina es del 2%, pero lo usual es que la retención que te practiquen sea superior. Este tipo se suele aplicar en contratos temporales de duración inferior a un año, en contratos de prácticas y becarios, en actividades agrícolas y ganaderas y en actividades forestales.
Por último, en caso de que tu salario sea inferior a los mínimos establecidos por la ley teniendo en cuenta tu situación personal, podrías estar exento de retenciones en tu nómina.
Cómo afecta el IRPF a los autónomos
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas afecta en gran medida a los autónomos, pues es el impuesto principal por el que tributa su actividad económica o profesional.
Los autónomos son personas físicas que tributan bajo los mismos tramos del IRPF que el resto. La principal diferencia con el resto de personas físicas radica en que llevan a cabo una actividad empresarial. Como ya sabes, los autónomos pagan mensualmente sus cotizaciones a la Seguridad Social, y están obligados a declarar y a liquidar las retenciones pertinentes sobre la renta obtenida trimestralmente. y algunos de ellos tienen que practicar retención en sus facturas.
Retenciones del IRPF para autónomos
Si eres un autónomo profesional, tendrás que practicar retención en tus facturas. En este caso, por llevar a cabo una actividad profesional, el tipo de retención de carácter general a aplicar es el 15%.
Se considera que eres autónomo profesional si practicas actividades calificadas en los epígrafes 2 y 3 del Impuesto de Actividades Económicas.
Si eres un nuevo autónomo, puedes optar por una reducción de retención opcional al 7%. Para poder aplicarte esta retención reducidaes necesario que no hayas realizado una actividad económica en los 12 meses anteriores al alta.
Estas retenciones practicadas deben ingresarse a la AEAT con la liquidación trimestral correspondiente:
- Si tributas por el régimen de estimación objetiva o módulos, tendrás que presentar el modelo 131.
- Si por el contrario, tributas por el régimen de estimación directa, deberás presentar el modelo 130.
Si bien los autónomos profesionales están obligados a retener en sus facturas, el resto de autónomos no tiene la obligación de hacerlo.
Sólo están obligados por el Gobierno aquellos dados de alta en las secciones dos y tres del Impuesto de Actividades Económicas y cuando el cliente es otro autónomo o empresa (a los clientes particulares no se les practica retención).
También existen otros autónomos que por la realización de determinadas actividades, deben practicar retenciones en sus facturas.
¿Estimación directa o módulos?
Son dos regímenes de tributación que se utilizan diferentes métodos de cálculo de las retenciones para autónomos.
Los rendimientos de las actividades empresariales tienen dos modalidades de tributación en el IRPF:
- Estimación directa (normal o simplificada).
- Estimación objetiva o módulos.
El régimen de estimación directa se basa en que pagarás en función de lo que hayas facturado en el ejercicio fiscal.
Si tributas por estimación directa, cada trimestre tendrás que calcular tus beneficios reales, restando a los ingresos los gastos deducibles. A la cantidad resultante tendrás que aplicarle el porcentaje de impuesto correspondiente.
Por este motivo, cada trimestre podrías tener que pagar diferentes cantidades, ya que tus ingresos y gastos también variarán. Así pues, unos meses puedes tener que pagar menos y en otros puede que veas un incremento de tu retención. Es una situación normal bajo este régimen de tributación.
La estimación directa tiene dos modalidades: simplificada y normal. La mayoría de pequeñas empresas tributan de forma simplificada, porque no superan los 600.000 euros de cifras de negocio. A partir de esta cantidad, se aplica modalidad normal.
Por otro lado está el régimen de estimación objetiva o módulos. Es un régimen simplificado, que calcula el rendimiento neto de la actividad en base a unos parámetros fijos determinados por la Administración Tributaria en base al sector al que pertenece el autónomo. De esta forma, la cantidad a pagar cada trimestre no varía como sí lo hacía en el caso de estimación directa.
Para acogerse a los módulos es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Las actividades económicas a desarrollar deben estar contempladas en este listado.
- El volumen de ingresos no debe ser superior a 450.000 euros anual, o de 300.000 para actividades ganaderas y para actividades agrícolas.
- Las compras que realices no deben superar los 300.000 euros.
- No realizar otras actividades que tributen por estimación directa.
- Otras magnitudes excluyentes específicas que puedes consultar en la Orden Ministerial de Hacienda.
Las diferencias entre la estimación directa y la objetiva están en la forma de calcular los pagos trimestrales. Dependiendo de tu caso puede que te convenga una u otra. En caso de no poder acogerte a módulos, tendrás que realizar el pago trimestral del tributo bajo estimación directa.
Gastos deducibles
Los gastos deducibles (deducciones), son aquellos gastos que como contribuyente puedes deducirte fiscalmente de la base imponible del IRPF.
Tanto autónomos como trabajadores por cuenta ajena pueden deducirse diferentes gastos por su actividad económica o por los rendimientos de su trabajo.
Por mencionar algunas de las deducciones más conocidas, tenemos:
- Deducción por maternidad.
- Deducción por familia numerosa.
- Deducción por personas a cargo con discapacidad.
- Deducción por doble imposición internacional.
Existen muchos más gastos deducibles, como por ejemplo los derivados de los planes de pensiones, que varían entre las diferentes comunidades autónomas.
A efectos de conseguir un máximo ahorro fiscal en el pago de impuestos como el IRPF, te recomendamos que como contribuyente prestes atención a los gastos susceptibles de deducción que existen en tu comunidad autónoma. No importa que vivas en Madrid, Cataluña o Ceuta y Melilla. Todas las comunidades tienen deducciones que puedes aplicar en tu declaración de la renta. En el caso de Canarias, estas son las deducciones para el ejercicio 2020.
Exenciones
Algunas clases de renta están exentas de IRPF. Esto quiere decir que determinadas rentas están libres tributar en la declaración de la renta.
Entre las rentas exentas de IRPF destacan:
- Algunas ayudas o indemnizaciones, como las indemnizaciones por despido o por daños personales derivadas de seguros de accidentes.
- Las becas públicas.
- Rentas mínimas de inserción.
- La prestación por maternidad o parternidad no contributivas.
- Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero (no deben superar los 60.100 euros anuales).
- Los premios literarios, artísticos o científicos relevantes.
- Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente.
Terminología y consejos relacionados con el impuesto que pueden serte útiles
El IRPF es progresivo, porque no tiene un tipo de gravamen fijo, sino una escala de tipos que aumentan según aumenta la renta. Y es un impuesto directo porque está asociado a la totalidad de rentas de las personas físicas durante un periodo determinado.
El hecho imponible del IRPF es la obtención de renta por parte de una persona física que reside en España durante el periodo impositivo.
El rendimiento neto, o base imponible se calcula sumando todas las rentas sobre las que grava el impuesto.
La cuota íntegra es el resultado de aplicar el tipo impositivo sobre la base liquidable. La base liquidable se obtiene restando a la base imponible (o rendimiento neto) las deducciones y reducciones correspondientes.
A la hora de realizar el pago de la declaración de la renta, puedes optar por realizar el pago íntegro o por el pago fraccionado de la misma.
Los rendimientos de actividades económicas provenientes de venta de productos y prestación de servicios y los rendimientos del trabajo son la principal fuente de renta del IRPF.
Como ya sabes las rentas del capital tributan por IRPF, y estas fuentes de renta pueden provenir del capital inmobiliario o del mobiliario.
Los rendimientos de capital inmobiliario son una de las que provienen del arrendamiento o la cesión bienes inmuebles en propiedad, ya sean rústicos o urbanos, siempre y cuando no se realicen actividades económicas en dichos inmuebles.
Se consideran rendimientos de capital mobiliario los intereses de tus cuentas bancarias, los dividendos, los bonos, las obligaciones y los títulos de renta fija.
Las ganacias y pérdidas patrimoniales son las variaciones del valor del patrimonio de un individuo que tienen lugar dentro de un ejercicio. Por ejemplo, la venta de un inmueble, una donación, etc. se consideran ganancias patrimoniales.
Casos especiales a tener en cuenta
Las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social como un plan de pensiones ayudan a reducir la base imponible y aumentar el ahorro en la declaración de la renta.
Si te encuentras en situación laboral de desempleo o en ERTE, debes saber que las prestaciones por desempleo tributan como rendimiento del trabajo.
El pago único no tributa por IRPF.
Si llevas a cabo una actividad económica con tarifas altas, es posible que para pagar menos en tu declaración tengas que aumentar los gastos necesarios deducibles. Así ayudarás a reducir la base imponible del impuesto. Habla con tu asesoría, haz los cálculos necesarios y toma la decisión más adecuada en base a datos.
Una renta vitalicia se considera como un rendimiento del capital mobiliario y también has de declararla.
Los dividendos o beneficios que reparten las empresas a sus accionistas de forma propocional a sus aportaciones al capital social, tienen un tipo de retención específico. El tipo de retención al que están sujetos los dividendos es el 19%.
La pensión de jubilación también tributa en la declaración de la renta, y habría que aplicarle los diferentes tipos de gravamen que se encuentran en la tabla superior.
Normativa
Aunque el Gobierno cambia cada año la normativa de este impuesto, conviene tener en cuenta las bases. La normativa básica del IRPF es la siguiente:
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.
- Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrolla, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrolla, para el año 2020 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.