¿Sabías que las pymes pueden acceder a importantes beneficios fiscales para reducir su Impuesto sobre Sociedades?
¿Qué son las empresas de reducida dimensión (ERD)?
Las ERD son aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios es inferior a 10 millones de euros. Si cumples este requisito, ¡puedes beneficiarte de una serie de incentivos fiscales!
¿Qué incentivos fiscales existen para las ERD?
- Libertad de amortización: Permite amortizar inversiones en inmovilizado material e inversiones inmobiliarias en un solo ejercicio, generando un importante ahorro fiscal.
- Requisitos:
- La inversión debe generar empleo.
- La cuantía máxima de la inversión a amortizar es de 120.000 euros por cada hombre/año de incremento de plantilla.
- La plantilla media total de la empresa debe incrementarse durante los 24 meses siguientes a la fecha de entrada en funcionamiento de los bienes adquiridos y mantenerse durante un período adicional de 24 meses.
- Beneficios:
- Ahorro en el Impuesto sobre Sociedades.
- Mejora de la competitividad de la empresa.
- Creación de empleo.
- Requisitos:
- Amortización acelerada: Permite amortizar inversiones a un ritmo más rápido que el normal, reduciendo tu carga fiscal a corto plazo.
- Requisitos:
- Los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias deben estar afectos a actividades económicas.
- Los bienes deben ser puestos a disposición del contribuyente en el período impositivo en el que tenga la consideración de empresa de reducida dimensión.
- Beneficios:
- Ahorro en el Impuesto sobre Sociedades a corto plazo.
- Mejora del flujo de caja de la empresa.
- Requisitos:
- Reserva de nivelación de bases imponibles: Permite reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, lo que se traduce en un menor pago de impuestos.
- Requisitos:
- La empresa debe tener la consideración de ERD y aplicar el tipo general del Impuesto sobre Sociedades.
- Beneficios:
- Reducción del Impuesto sobre Sociedades.
- Mejora de la liquidez de la empresa.
- Requisitos:
- Pérdidas por deterioro de créditos: Permite deducir las pérdidas por posibles insolvencias de deudores, protegiendo tu negocio de impagos.
- Requisitos:
- La empresa debe tener la consideración de ERD en el período impositivo en el que sea deducible la pérdida.
- La cuantía de la dotación no puede sobrepasar el 1% del saldo de los deudores existentes a la conclusión del período impositivo.
- Beneficios:
- Protección del negocio frente a impagos.
- Mejora de la cuenta de resultados de la empresa.
- Requisitos:
- Deducción por arrendamiento financiero: Permite deducir la recuperación del coste del bien arrendado en las cuotas de arrendamiento pagadas, generando un beneficio fiscal.
- Requisitos:
- Los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias deben estar afectos a actividades económicas.
- Los bienes deben ser puestos a disposición del contribuyente en el período impositivo en el que tenga la consideración de empresa de reducida dimensión.
- Debe ejercerse la opción de compra y cumplirse los requisitos establecidos sobre incremento y mantenimiento de empleo.
- Beneficios:
- Ahorro en el Impuesto sobre Sociedades.
- Mejora del flujo de caja de la empresa.
- Requisitos:
¿Cómo puedo solicitar estos incentivos fiscales?
Para solicitar estos incentivos fiscales, es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente. Te recomiendo consultar con un asesor fiscal para que te ayude a gestionar todo el proceso de manera sencilla y segura.
¿Qué ventajas ofrece un asesor fiscal a las pymes?
- Ahorro en el Impuesto sobre Sociedades: Te ayuda a aprovechar al máximo los incentivos fiscales disponibles para las ERD.
- Asesoría fiscal especializada: Te asesora sobre la mejor manera de gestionar tus obligaciones fiscales.
- Tramitación sencilla: Se encarga de toda la gestión documental y trámites necesarios.
- Confianza y seguridad: Te ofrece un servicio profesional y de calidad para que estés tranquilo.
Si tiene cualquier pregunta no dude en llamarnos por teléfono a este número: 922 26 48 88 o envíenos un correo a: info@clsconsultoria.com. Escucharemos su caso, y le daremos el asesoramiento más adecuado a su situación y problemática actual.
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