
Con el fin de aclarar tus dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad, desde el área jurídica de la asesoría hemos elaborado esta guía para ponerte las cosas un poco más fáciles, sobre todo si estás atravesando una situación económica complicada y quieres acogerte a la LSO.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad ?
Se trata de un procedimiento regulado por la ley 25/2015 de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que te permitirá reducir tus deudas y, en última instancia, cancelarlas completamente.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO)
Para su aplicación deberás cumplir con una serie de requisitos. Estos son:
- Debes demostrar que no tienes patrimonio con el que poder hacer frente a las deudas, si éste es insuficiente o previamente ya ha sido liquidado.
- Tu deuda no puede su superior a 5 millones de euros.
- Debes actuar de Buena fe. Se entiende que actúas de buena fe cuando cumples con lo siguiente:
- Has intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con tus acreedores.
- No haberte acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores.
- Si eres autónomo, no puedes haber sido declarado culpable por delitos económicos o sociales
- En los últimos 10 años, no puedes haber sido condenado por delitos contra patrimonio, falsedad documental, Hacienda Pública, Seguridad Social o derechos de los trabajadores.
- Durante los últimos 4 años, no debes haber rechazado una oferta de empleo que se considere adecuada a tus capacidades y cualificación.
Fases de la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad se aplica a través de dos mecanismos:
Acuerdos extrajudiciales de pago
En esta fase, tienes que intentar llegar a un acuerdo con tus acreedores, tratando de negociar las condiciones para establecer un plan de viabilidad y un calendario de pagos, con el objeto de poder hacer frente a las deudas. Este acuerdo estará tutelado por un juez y se podrá contar con la ayuda de un mediador concursal.
La Ley de la Segunda Oportunidad establece que el proceso de negociación podrá durar, como máximo, dos meses.
El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho
Una vez terminada la fase de negociación sin haberse podido establecer un acuerdo de pago, se abrirá la fase de concurso consecutivo, donde se puede solicitar la aplicación del BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho). Siendo dictaminado por un juez, el BEPI consiste en la exoneración total de las deudas, y se aplica siempre y cuando no hayas podido llegar a ningún acuerdo extrajudicial.
Debes tener en cuenta que si incumples el plan de pagos, has ocultado ingresos o bienes, o se producen mejoras económicas en tu situación patrimonial que te permitan hacer frente a los pagos, los acreedores podrán solicitar la revocación del BEPI.
¿Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?
Inicialmente, una vez verificado que cumples con la totalidad de los requisitos establecidos en la Ley, comenzará el período de negociaciones con los acreedores con el fin de llegar a un acuerdo que te permita establecer un plan de pagos acorde a tus posibilidades.
Este acuerdo extrajudicial se tramitará ante un notario, quien podrá proponer un mediador concursal al objeto de facilitar las negociaciones.
Dicho acuerdo será obligatorio para los acreedores que los suscriban, pudiendo extenderse su aplicación a otros acreedores en función de:
- Cuando el 60% del total de la deuda suscriba el acuerdo, éste resultará obligatorio para todos los acreedores sin garantías reales, afectando también a los acreedores con garantía real pero limitado a la diferencia entre la garantía y la deuda.
Con este volumen de acuerdo podrás acordar quitas de hasta el 25% del importe de la deuda, con un plazo de espera no superior a 5 años.
- Si consigues que se suscriba el 75% de la deuda, las quitas podrán ser mayores, pudiendo acordar esperas de hasta 10 años.
Posteriormente, si transcurrido el período de negociaciones no has podido establecer dicho acuerdo, podrás solicitar la cancelación total de las deudas, mediante la aplicación del BEPI, es decir que, siempre y cuando que el juez estime que has cumplido con todos los requisitos para poder acogerte, podrás exonerar el 100% de la deuda.
La Ley de Segunda Oportunidad y las deudas
La LSO establece que se podrán cancelar la deuda pendiente después de subasta y la ejecución de un inmueble, no computando las nuevas deudas que se hayan podido generar una vez iniciado el proceso.
Seguridad Social y Hacienda
Las deudas con la Seguridad Social y con Hacienda no se podrán, a priori, cancelar. Sin embargo, a este respecto se han pronunciado los tribunales, permitiendo la exoneración, concretamente en una de las sentencias de julio de 2019, de hasta el 70% de las deudas contraídas con las Administraciones Públicas.
Esto conlleva que en caso de querer exonerar estas deudas, será el juez quien decida si se puede o no condonar las mismas.
Hipotecas
También, quedan fuera de la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad las deudas garantizadas con hipoteca. La legislación española establece que, aún desprendiéndote de tu vivienda, seguirás debiendo dinero al banco.
No obstante, gracias a la LSO, podrás previa entrega de la vivienda, cancelar el 100% de la deuda, aplicando una dación en pago de facto.
Eliminación de las deudas
Una vez finalizado el proceso, debe transcurrir un período de 5 años, para poder considerar la deuda como efectivamente cancelada. En este período, no tendrás que pagar cantidad alguna por las deudas exoneradas, pero los acreedores podrán solicitar la revisión del caso, si consideran que has actuado de mala fe.