El Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones ha sido modificado
El Real Decreto 668/2023, de 18 de julio (BOE de 20 de julio), modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones (RD 304/2004). Esta modificación completa el desarrollo reglamentario que permitirá la efectiva aplicación de la Ley 12/2022, de 30 de junio.
Los cambios más significativos de la modificación son los siguientes:
- Se amplía el acceso a los planes de pensiones a todos los trabajadores, con la reducción del plazo mínimo de 2 años a 1 mes para que un trabajador se adhiera al mismo.
- Se actualiza el régimen de inversiones de los fondos de pensiones, permitiendo una mayor diversificación de las inversiones.
- Se mejora el régimen económico de las aportaciones a planes de pensiones, permitiendo al partícipe continuar realizando aportaciones en supuestos de jubilación parcial.
Esta modificación es una buena noticia para los trabajadores, ya que les permitirá ahorrar más para su jubilación y tener más libertad para elegir cómo invertir su dinero.
¿Cómo me afecta como trabajador/a?
Si eres trabajador/a autónomo/a, las principales novedades son las siguientes:
- Ahora puedes integrar tu plan de pensiones de empleo simplificado en un fondo de pensiones de empleo de promoción pública o privada.
- Los planes de pensiones asumidos en la negociación colectiva sectorial pueden incorporar a los trabajadores/as autónomos/as del sector.
Si eres trabajador/a por cuenta ajena, las principales novedades son las siguientes:
- Para determinar la antigüedad de un mes para el acceso a los planes de pensiones, se computa el tiempo transcurrido desde el ingreso en la plantilla, independientemente del tipo de contrato.
- Los trabajadores/as por cuenta ajena no pueden ser discriminados en los planes de pensiones del sistema de empleo, desde su incorporación, mientras exista la relación laboral.
¿Puedo seguir aportando al plan de pensiones en jubilación parcial?
Sí, puedes seguir aportando al plan de pensiones en jubilación parcial. El Real Decreto 668/2023, de 18 de julio, introdujo una novedad que permite a los trabajadores/as en jubilación parcial continuar realizando aportaciones a su plan de pensiones, con la contingencia de jubilación, que podrán simultanear con el cobro de prestaciones.
¿Qué son los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos?
Los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos son un tipo de plan de pensiones que está promovido por el Estado y está abierto a todos los trabajadores, independientemente de su empresa o sector. Estos fondos ofrecen una serie de ventajas, como:
- Aportaciones y prestaciones fiscalmente deducibles
- Protección frente a la inflación
- Diversificación de las inversiones
- Gestión profesional
Los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos son una buena opción para los trabajadores que quieren ahorrar para su jubilación con las ventajas que ofrece el Estado.
Aquí hay algunos detalles adicionales sobre los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos:
- Están promovidos por el Estado, lo que significa que están sujetos a una serie de normas y regulaciones que garantizan su seguridad y transparencia.
- Están abiertos a todos los trabajadores, independientemente de su empresa o sector.
- Ofrecen una serie de ventajas fiscales, como aportaciones y prestaciones deducibles del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Invierten en una cartera diversificada de activos, lo que ayuda a proteger el ahorro frente a la inflación.
- Están gestionados profesionalmente por una entidad gestora, lo que garantiza que el dinero se invierta de forma segura y rentable.
¿Pueden sufrir modificaciones los planes de pensiones de empleo abiertos?
Sí, los planes de pensiones de empleo abiertos pueden sufrir modificaciones. Estas modificaciones deben comunicarse a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, junto con la certificación de los acuerdos de modificación y la ratificación de la Comisión Promotora y de Seguimiento de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos.
En caso de que la Comisión Promotora y de Seguimiento no ratifique la modificación por detectar cualquier incumplimiento normativo, emitirá un informe motivado de su decisión, que remitirá a la Comisión de Control Especial y a la entidad gestora del fondo de pensiones de empleo de promoción pública abierto.
En definitiva, el objetivo de estas modificaciones es consolidar e impulsar los planes de pensiones de empleo, haciendo referencia a los de promoción pública y primando fiscalmente las aportaciones a estos planes de empleo frente a los individuales.
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