¿Cómo declarar la venta de un inmueble?

La venta de un inmueble puede ser una fuente de estrés y complicaciones, pero los desafíos no terminan una vez que se ha concretado la venta. Uno de los temas que más preocupa a los vendedores es cómo declarar correctamente la transacción y calcular los impuestos correspondientes.

Si te preguntas cómo declarar adecuadamente la venta de un inmueble y asegurarte de pagar los impuestos correctos, sigue leyendo para obtener más detalles.

¿Cómo tributa la venta de un inmueble?

La venta de una vivienda se considera una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, dependiendo de si obtuviste una ganancia o pérdida con la operación.

El coste de la vivienda incluye no solo el precio de compra, sino también los impuestos pagados y cualquier mejora realizada, como reformas posteriores a la compra.

Debes tener en cuenta dos valores importantes:

  • Valor de adquisición: Este incluye el precio de compra de la vivienda, junto con los gastos e impuestos asociados, como IVA, ITP, notaría, y registro, así como las inversiones y mejoras realizadas en la propiedad.
  • Valor de transmisión: Es el precio al que se vende la vivienda, junto con los gastos e impuestos asociados a la venta.

¿Cuándo está exenta del IRPF la venta de un inmueble?

Existen situaciones en las que la venta de un inmueble puede estar exenta del IRPF, si se cumplen ciertos requisitos.

Por ejemplo, si tienes más de 65 años o eres una persona en situación de dependencia severa o gran dependencia, de acuerdo con la Ley de Dependencia, la ganancia patrimonial podría estar exenta, ya sea que se trate de tu vivienda habitual o que recibas una renta temporal o vitalicia a cambio. También se aplica la exención si se transmite la nuda propiedad y el titular de más de 65 años se reserva el usufructo vitalicio.

Otra exención posible es si reinviertes el importe de la venta de tu vivienda habitual en la compra de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de tu residencia actual.

Qué considerar al declarar la venta de un inmueble en el IRPF

Al declarar la venta de una vivienda en el IRPF, debes incluir los detalles en el apartado F2. Si vendiste la propiedad en 2024, deberás declarar la venta en el modelo 100 del IRPF del próximo año.

Aquí tienes algunos puntos clave a considerar:

  1. Identificación de la vivienda: Indica si es tu vivienda habitual, el porcentaje de propiedad que posees, la referencia catastral y quién realiza la venta.
  2. Fechas de compra y venta: Registra la fecha de adquisición y la fecha de venta en las casillas 1824 y 1825.
  3. Precios de compra y venta: Indica el precio de venta y de compra en la casilla 1826. La AEAT te preguntará si parte del dinero se destinará a una renta vitalicia o se reinvertirá en otra vivienda habitual, lo que podría eximirte de tributar por la venta.

No olvides que el precio de compra debe incluir también los gastos de notaría, registro, ITP e IVA, así como cualquier mejora realizada en la vivienda.

¿Cuánto pagarás en IRPF por la venta de la vivienda?

  • Si obtuviste una ganancia patrimonial por la venta, deberás pagar impuestos sobre la misma según los tipos del ahorro, que van del 19% al 28%, aplicados de manera progresiva según la cuantía de la ganancia:
  • Hasta 6.000 euros – 19%
  • Entre 6.000 y 50.000 euros – 21%
  • Entre 50.000 y 200.000 euros – 23%
  • Entre 200.000 y 300.000 euros – 27%
  • Más de 300.000 euros – 28%

En conclusión, la venta de un inmueble conlleva varias consideraciones fiscales que pueden ser complejas. Es fundamental entender cómo declarar correctamente la transacción para evitar problemas con Hacienda y asegurarte de pagar la cantidad adecuada de impuestos. Si bien puede parecer abrumador, contar con la asesoría adecuada puede simplificar el proceso y garantizar que todo se gestione de manera correcta.

Si tiene cualquier pregunta no dude en llamarnos por teléfono a este número: 922 26 48 88 o envíenos un correo a: info@clsconsultoria.com. Escucharemos su caso, y le daremos el asesoramiento más adecuado a su situación y problemática actual.

Visítanos en C/ Alfredo Torres Edwars, 10 38204, San Cristóbal de La Laguna. De lunes a viernes de 8:00 a 15:00h.

Si no puede acudir a nuestra oficina, no se preocupe. Trabajamos con empresas de todas las Islas Canarias e incluso con negocios ubicados en la Península. Contacte con nosotros para agendar una reunión.

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