¿Cómo ha afectado la reforma del REF a la creación de empleos de la Zona Especial Canaria?

Según los datos del Balance de Gestión del Consorcio de la ZEC del período 2012-2015, los empleos generados por las empresas de la Zona Especial Canaria han aumentado un 60% en 3 años y han pasado de 2.928 a 4.674. Este incremento se ha producido principalmente tras la puesta en marcha de la reforma del Régimen Económico Fiscal (REF) pero ¿en qué consiste? ¿cómo beneficia a las empresas? CLS Consultoría viene a despejarte todas tus dudas.

La ZEC es una zona de baja tributación creada en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias y autorizada por la Comisión Europea en el año 2000. Su objetivo es promover el desarrollo económico y social, así como diversificar la estructura productiva de las Islas.

Reforma del Régimen Económico y Fiscal de Canarias

El 1 de enero de 2015 entró en vigor la reforma del REF, recogida en el Real Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre. Las principales cambios introducidos fueron:

Zona Especial Canaria (ZEC)

  • Las empresas afincadas en la ZEC podrán disfrutar de sus beneficios fiscales hasta el 2026. De esta forma, se convierte más atractiva para los inversores al permitir amortizar la inversión empresarial realizada.
  • El régimen ZEC se amplía a toda Canarias. El inversor puede acogerse a este beneficio y dedicarse a la actividad comercial, industrial o de servicios en cualquier punto del Archipiélago.
  • Incremento de los límites de las bases imponibles sobre el que se aplica el tipo de gravamen especial del 4 %. Con la reforma, no habrá distinción entre las actividades industriales y de servicios. Además, el límite mínimo pasará a ser de 1.800.000 euros cuando se cree el empleo mínimo y de 500.000 euros más por cada empleo adicional. A partir de 50 empleos no se aplicará ningún límite.
  • Las personas jurídicas y las sucursales de nueva creación pueden ser entidades de la ZEC, siempre que cumplan con estos requisitos: domicilio social y sede de dirección en el ámbito geográfico de la ZEC, residir en Canarias como mínimo un administrador o un representante legal, constituir en el ámbito geográfico de la ZEC la realización de actividades incluidas en el anexo de esa Ley y, por último, hacer inversiones en los dos primeros años por un importe mínimo de 100.000 euros en Gran Canaria y Tenerife y 50.000 euros en El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, Lanzarote y La Palma.
  • Se aumenta el número de actividades aceptadas. Aquí puedes consultar todas las actividades que se pueden beneficiar de la ZEC.
  • Se elimina la doble imposición interna en el reparto de los dividendos para los inversores nacionales.

Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)

  • Nueva forma de materializar la RIC en creación de empleo, que no está vinculada a la realización de inversiones iniciales. Para acogerse se tiene que incrementar la plantilla media total en un año y debe mantenerse en el tiempo. Tampoco se podrá destinar a esta materialización de la RIC, más del 50% de las dotaciones hechas a la misma por el contribuyente. Además, se puede considerar como materialización, el coste medio anual por trabajador por un importe de 36.000 euros.
  • La RIC podrá materializarse en cualquier tipo de instrumento financiero que haya sido emitido por entidades financieras. Admite títulos, acciones y participaciones de otras entidades que inviertan en los mismos activos en los que las inversiones directas se pueden materializar.
  • Se suprimen las exigencias para invertir en las entidades ZEC. Anteriormente, era necesario que la emisión o ampliación de capital de la entidad ZEC lo fuese por un importe mínimo de 750.000 euros y que, al menos, el 10% del capital emitido o ampliado fuese suscrito por personas o entidades que no aplicasen la RIC a esa inversión.

Deducciones

  • Se deducirá de la cuota íntegra hasta el 15% de las inversiones que se realicen para crear filiales en África Occidental. Tiene que producirse un incremento de la plantilla en Canarias en el período impositivo en que se aplique la deducción respecto de la del período impositivo anterior y mantenerse durante 3 años.
  • Tal y como establece la normativa, también se descontará el 15% en conceptos de “gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de productos, de apertura y prospección de mercados en el extranjero y de concurrencia a ferias, exposiciones y manifestaciones análogas incluyendo en este caso las celebradas en España con carácter internacional”.
  • Se incrementa hasta el 45% la deducción por innovación tecnológica en territorio canario.

Ahora que ya conoces todos los beneficios de la reforma del Régimen Económico Fiscal, no lo dudes más y empieza a disfrutar de todas las ventajas que ofrece. Si tienes cualquier duda, en nuestro establecimiento de La Laguna estaremos encantados de recibirte.

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